Resolución modifica diversos convenios suscritos entre las partes integrantes de la Alianza del Pacífico

Publican normativa sobre la convención para homologar tratamiento impositivo en bloque de integración.

La Resolución Legislativa N° 31580, que aprueba la convención para homologar el tratamiento impositivo previsto en los convenios para evitar la doble imposición suscritos entre los Estados Parte del Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, publicó hoy el Poder Ejecutivo.

La convención, que se firmó el 14 de octubre del 2017 en Washington D. C., Estados Unidos de América, modifica el convenio entre la República de Chile y la República de Colombia para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación al Impuesto a la Renta y al Patrimonio, suscrito el 19 de abril del 2007 en Bogotá, Colombia.

También el convenio entre la República de Chile y los Estados Unidos Mexicanos para evitar la doble imposición e impedir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la Renta y al Patrimonio, suscrito el 17 de abril de 1998 en Santiago, Chile.

Evasión

De igual manera, el convenio entre la República de Chile y la República del Perú para evitar la doble tributación y para prevenir la evasión fiscal en relación al Impuesto a la Renta y al Patrimonio, suscrito el 8 de junio del 2001 en Santiago, Chile.

Se suma el convenio entre la República de Colombia y los Estados Unidos Mexicanos para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación con los impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio, suscrito el 13 de agosto del 2009 en Bogotá, Colombia. 

Por último, modifica también el convenio entre la República del Perú y los Estados Unidos Mexicanos para evitar la doble tributación y para prevenir la evasión fiscal en relación con los impuestos sobre la Renta, suscrito el 27 de abril del 2011 en Lima, Perú. 

La convención señala que para la incorporación de la normativa respecto a los fondos de pensiones de Colombia y el Perú, esta se regulará mediante el protocolo entre la República de Colombia y la República del Perú para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en relación con los impuestos a la Renta que gravan las rentas obtenidas por los fondos de pensiones reconocidos.

Fuente editada: Diario Oficial El Peruano

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