Se promulga resolución legislativa sobre acuerdo binacional.
El Gobierno promulgó la Resolución Legislativa N° 31581, que aprueba el acuerdo administrativo para la aplicación del Convenio Iberoamericano de Seguridad Social entre la República del Perú y la República de Colombia.
El documento, suscrito el 27 de febrero del 2018 en la ciudad de Cartagena de Indias, del vecino país norteño, tiene como objeto implementar las prestaciones o beneficios relacionados con los riesgos de vejez, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio o auxilio funerario.
La finalidad es proteger a los trabajadores, pensionistas o pensionados y sus derechohabientes o beneficiarios de ambos países que cuenten con períodos de seguro en cualquiera de los dos territorios y la conservación de los derechos de seguridad social adquiridos o en vías de adquisición, sobre la base de los principios de igualdad, respeto mutuo de la soberanía y reciprocidad de ventajas.
Ámbitos
En el Perú, el acuerdo se aplicará a la legislación relativa al Sistema Nacional de Pensiones (SNP), regulado por el Decreto Ley 19990, en lo referente a prestaciones económicas de invalidez, jubilación y sobrevivencia, la cual comprende viudez, orfandad y ascendientes.
Además, a la legislación relativa al Sistema Privado de Pensiones, regulado por el Texto Único Ordenado del Sistema Privado de Pensiones (SPP) aprobado por Decreto Supremo N° 054-97-EF, en lo referente a las prestaciones económicas de jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio, así como las devoluciones de saldo y el traslado o transferencia de fondos de pensiones.
En el caso de Colombia, se aplicará a las normas vinculadas a las prestaciones económicas dispuestas en el Sistema General de Pensiones (Régimen prima media con prestación definida y Régimen de ahorro individual con solidaridad), en cuanto a vejez, invalidez y sobrevivientes, de origen común, así como el auxilio funerario, detalla el acuerdo.
Fuente editada: Diario Oficial El Peruano